1. Averiguar las cuentas bancarias del fallecido
El primer paso es saber qué cuentas tenía la persona. Los familiares pueden solicitar esta información a la Agencia Tributaria, que dispone de registros sobre las cuentas activas. Una vez identificadas, es fundamental informar al banco sobre el fallecimiento para paralizar la actividad de la cuenta y evitar comisiones, cargos inesperados o, incluso, la aparición de deudas por pagos pendientes.
2. Documentación imprescindible: certificado de defunción y herederos
El banco requerirá el certificado de defunción, así como el testamento (si existe) o, en su defecto, una declaración de herederos. Solo con esta documentación se puede iniciar el cierre de la cuenta y la disposición de los fondos. En caso de varios herederos, los movimientos deberán ser autorizados por todos.
3. Qué pasa si no se notifica al banco
No avisar al banco puede traer consecuencias serias: se acumularán comisiones y gastos que reducirán la herencia e incluso se pueden producir fraudes. Si un autorizado gestiona fondos sin permiso después del fallecimiento, se enfrenta a responsabilidades legales graves, incluyendo multas o penas de prisión, ya que estos actos pueden considerarse apropiación indebida.
4. ¿Qué ocurre si nadie reclama la cuenta?
Aunque poco habitual, si nadie reclama los fondos de una cuenta durante 20 años, el dinero pasará al Estado. Previamente, la cuenta quedará bloqueada y se suspenderán los pagos de forma automática.
Recomendación como coach financiero
La mejor manera de evitar problemas es anticiparse: informa siempre al banco en cuanto fallezca un titular, recopila toda la documentación a tiempo y busca asesoramiento si tienes dudas sobre el proceso hereditario. Recuerda que una correcta planificación evita quebraderos de cabeza y posibles sanciones. ¡La educación financiera también es prevención para la familia!

